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Subvenciones a fondo perdido para nuevos emprendedores – PEFA 2023

ACTUALIZACIÓN – La Bolsa se ha terminado se volverá a abrir aproximadamente en Abril-Mayo

ABIERTO PLAZO DE LA CONVOCATORIA 2023

Subvenciones a fondo perdido para la creación de empleo estable dirigidas tanto a empresas de nueva creación y empresarios autónomos recientemente dados de alta, como a empresas y empresarios autónomos en activo. Máximo 9.000 € por solicitud.

Tipos de Ayudas

  • Línea de Ayuda PEFA: de forma general se concederá la cuantía de 1.200 € / 1.500 € por puesto de trabajo creado de duración indefinida y a jornada completa. Si el contrato de duración indefinida lo es a tiempo parcial (mínimo el 50% de la jornada ordinaria) la cuantía será de 600€ / 750€. 
  • Línea de Ayuda a “Empresas de Inserción”: Las empresas calificadas legalmente como “empresas de inserción” que contraten a trabajadores en riesgo de exclusión social por un período mínimo de un año podrán solicitar, además de la ayuda anterior, 1.000€ complementarios por cada puesto de trabajo. 

¿A quién va dirigido?

  • Empresarios autónomos y sociedades de nueva creación dados de alta dentro de los 12 meses previos a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Empresas y empresarios en activo que no lleven más de 5 años en funcionamiento.

En ambos casos, los puestos de trabajo estables subvencionables serán aquellos que lleven menos de 12 meses dados de alta, o que aún no hayan sido incorporados. Las personas por las que se solicite la subvención deberán permanecer inscritas en su correspondiente oficina del Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo, hasta la fecha de incorporación a la empresa, y no figurar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social.

Bases Reguladoras y Convocatoria para 2023

  1. Bases Reguladoras del Programa de Subvenciones PEFA: descargar aquí
  2. Convocatoria del Programa PEFA 2023: descargar aquí

Documentación obligatoria

  1. Memoria plan de empresa en modelo normalizado (descargar aquí)
  2. Copia del Modelo censal 036 ó 037 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de alta en el censo de la empresa o del empresario.
  3. Copia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en su caso.
  4. Copia del Documento Único Electrónico, si el alta de la empresa y/o empresario se ha producido a través del CIRCE. (En este caso no es necesario aportar por separado alta del 036/037 ni copia del alta del empresario)
  5. Copia de los contratos de trabajo y/o altas en la seguridad social de los trabajadores por los que se solicite la ayuda, si se han realizado contrataciones por cuenta ajena de forma indefinida con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención. 

Información de Interés

  1. La solicitud y la documentación adjunta deberá ser presentada por el propio solicitante o en su defecto por su representante legal tal y como establece el Artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  2. Se le informa que la presentación de la solicitud presumirá la autorización al IMFE para consultar los siguientes datos dentro del Servicio de Verificación de Datos del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (Art. 6º.3. Bases Reguladoras PEFA): Datos de identidad, Situación de obligaciones tributarias con las Administraciones Públicas, Situación de obligaciones con la Seguridad Social, Situación como demandante de empleo de todas las personas por las que se solicita subvención, Domicilio fiscal. En caso de oposición a esta consulta, el interesado deberá reflejarlo expresamente en el documento de solicitud, y adjuntar a la misma los certificados anteriores.
  3. La subvención concedida quedará sometida a las disposiciones legales vigentes en materia tributaria y de publicidad de las subvenciones públicas. Por favor, valore esta circunstancia antes de presentar su solicitud y actúe en consecuencia.

Presentación de solicitudes

Telemáticamente

En la Sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga

Nota: Para la presentación vía telemática el interesado deberá tener firma digital. Si no posee firma digital puede solicitarla en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (enlace).

Más información

Unidad de Empresas IMFE

Tlf: 951 92 61 67

emprendedores@malaga.eu