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Subvención para el Impulso Empresarial 2024 de ProMálaga

ProMalaga ha lanzado la subvención para el impulso empresarial 2024, para todas aquellas emprendedoras para la concesión de una subvención a fondo perdido para el impulso empresarial dirigida a empresas de nueva creación que vayan a realizar inversiones productivas en la ciudad de Málaga.

TIPO DE SOLICITANTE

Personas físicas: Empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles.

Personas jurídicas: Sociedades Limitadas, Sociedades Anónimas, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas de Trabajo para el impulso empresarial.

REQUISITOS

  1. Que la actividad principal se desarrolle en el municipio de Málaga, así como que el domicilio social y fiscal estén también en el municipio de Málaga.
  2. Que la empresa haya iniciado la actividad y esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante Hacienda Pública y en Seguridad Social con posterioridad a 31 de diciembre de 2022.
  3. Que se realice una inversión mínima de 1.500 €, conforme a los criterios señalados más adelante.
  4. Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.
    • Que tengan la consideración de PYME, de conformidad con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión Europea.

IMPORTE

El porcentaje de subvención será de un 75% del proyecto de inversión y/o gasto subvencionable, con un importe máximo de subvención de 10.000 euros.

CONCEPTOS INCENTIVABLES

Inversiones:

  • Rehabilitación, instalaciones técnicas y/o de seguridad, así como adecuación del inmueble donde se vaya a desarrollar la actividad principal (debiendo estar ubicado en Málaga Capital).
  • Mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad empresarial.
  • Maquinaria industrial y herramientas para el desarrollo de la actividad.
  • Hardware y equipos informáticos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial. Están excluidos dispositivos electrónicos de pequeño tamaño.
  • Diseño de la imagen corporativa, excluyendo los gastos de impresión.
  • Diseño y elaboración de páginas web, aplicaciones móviles o portales corporativos virtuales. Excluidos gastos asociados, tales como posicionamiento SEO, SEM, gestión de RR.SS. y/o publicidad online.
  • Diseño gráfico y otros contenidos digitales para incluir en las aplicaciones digitales corporativas.

Gastos:

  • Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad de la información, seguridad y salud.
  • Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico (LSSICE).
  • Servicio para la tramitación del registro de marca, nombre comercial, patentes, modelos de utilidad y licencias de uso. Exclusión de las tasas y otros precios públicos asociados.
  • Servicio de traducción de contenidos webs y aplicaciones móviles corporativas.

ASPECTOS DESTACADOS

Las inversiones y gastos NO pueden haber sido ejecutados con anterioridad a la publicación de la convocatoria en el BOPMA. Por ello, la fecha de las facturas y los justificantes de pago deberán ser siempre de fecha posterior a la publicación de la convocatoria de la subvención.

Las inversiones y gastos deberán ser adquiridos en propiedad a terceros por el beneficiario de la subvención, y ser contratados y pagados directamente por el beneficiario de la subvención ya sea la persona física, o en el caso de persona jurídica, directamente por ella o por su administrador/a al proveedor final.

Se admitirán como medio de pago de las inversiones/gastos justificados: Transferencia bancaria, tarjeta bancario o Contrato de financiación a través de la entidad financiera del proveedor.

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

PARA MÁS INFORMACIÓN

Puede solicitar más información en malagaemprende@promalaga.es Situados en Promálaga Álamos, C/ Álamos, 34 – 29012 Málaga

BASES REGULADORAS Y ANEXOS